Obtener Partida de Nacimiento, inscripción extemporánea

19/05/2021

inscripcion partida de nacimiento extemporanea

El Acta de Nacimiento es un instrumento jurídico que acredita el nombre de una persona, le otorga la nacionalidad peruana, acredita vínculos de filiación, entre otros.

Para obtener el registro de nacimiento, se debe completar dentro de los 60 días calendario posteriores al nacimiento o en centros densamente poblados, zonas fronterizas, zonas selváticas y ceja de selva y otros lugares inaccesibles, dentro de los 60 días calendario posteriores al nacimiento , así como agricultores y comunidades indígenas. Después de esto, se debe realizar un registro de nacimiento temporal.

Este trámite es totalmente gratuito y puede ser solicitado tanto para mayores como menores de edad:

  • Menores de edad: cuando no han sido inscritos dentro del plazo ordinario de 60 días.
  • Mayores de edad: cuando nunca se han inscrito.

Requisitos para obtener la partida de nacimiento extemporánea

  • Certificado de Nacido Vivo, Partida de Bautismo o Certificado de matrícula escolar con mención de grados cursados o declaración jurada de 2 testigos calificados que suscriben en presencia del Registrador Civil.
  • Solicitud con carácter de Declaración Jurada suscrita por el declarante, en caso de menores de edad, o por el titular, en caso de mayores de edad.
  • Para menores de edad, exhibir los DNI del(os) declarante(s) y de los testigos de ser el caso; si uno de los declarantes fuera extranjero, presentar original y copia simple del Carné de Extranjería, Pasaporte o cédula de identidad.
  • Para mayores de edad, en caso los padres intervengan en la inscripción, deben estar debidamente autorizados por el (la) titular. Para esto, deberán exhibir el DNI y, en caso uno de estos fuera extranjero, se presentará original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte o Cédula de Identidad.

Pasos para conseguir la partida de nacimiento:

1. Solicita tu inscripción

Dirígete a cualquiera de las Oficinas Registrales de Reniec a nivel nacional y presenta los documentos arriba mencionados.

En caso de menores de edad, se debe tomar en cuenta que si los padres del niño o niña se divorciaron o no se casaron, deberán ir ambos; si están casados, solo es necesario que vaya uno de los dos.

2. Resultado del trámite

Luego de 10 días hábiles, podrás recoger el Acta de Nacimiento en la misma Oficina Registral en la que la solicitaste.

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Eduardo Ramírez

Abogado, especialista en derecho procesal y registral. El compromiso con nuestros clientes se expresa en un apego a los valores propios de un ejercicio íntegro del derecho, lo que nos ha permitido ganar su confianza, y hoy día, nuestros clientes son nuestra mejor carta de presentación.

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